miércoles 28 septiembre, 2022 / Régimen impositivo

LA AFIP REDUJO EL TOPE PERMITIDO PARA LAS COMPRAS EN EL EXTERIOR A TRAVÉS DE SERVICIOS POSTALES PSP / COURIER

El organismo bajó de 3.000 a 1.000 dólares al valor máximo de productos recibidos desde mediante servicios postales privados. Los límites de peso y de unidades por envío no se modificaron.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso reducir de US$ 3.000 a US$ 1.000 al valor máximo de productos recibidos desde exterior mediante servicios postales privados (couriers).

La modificación fue dispuesta a través de la Resolución General 5260/2022 publicada en el Boletín Oficial, y reduce de US$ 3.000 a US$ 1.000 el valor FOB de las mercaderías que puede recibir un mismo destinatario por vuelo.

La medida responde al “escenario económico actual y a fin de evitar la desnaturalización del régimen”, señala la normativa en sus considerandos.

Asimismo, según la AFIP, como resultado del “fortalecimiento de acciones de control y fiscalización ejecutadas en los distintos régimen es de importación”, entre los cuales se encuentra la importación por couriers, se “detectaron irregularidades que derivaron en denuncias infraccionales y/o penales”.

Estos hechos, para el organismo tributario, evidenciaron “la necesidad de adoptar medidas tendientes al debido resguardo de la renta fiscal”.

De esta forma, la resolución retrotrae el tope de envíos del sistema al que poseía al lanzarse en agosto de 2016 de US$ 1.000, el cual fue incrementado posteriormente a US$ 3.000 en 2018.

Este sistema de importaciones, dirigido especialmente para las compras al exterior mediante plataformas online, permite comprar –en envíos que no superen los 50 kilos de peso- hasta tres unidades de mercaderías para uso personal y no comercial.

Los límites de peso y de unidades por envío no recibieron modificaciones en la nueva disposición, y la reducción del tope aplica únicamente al valor de los productos.

De la misma forma, el máximo de envíos por persona seguirá siendo de cinco compras anuales.

Por otro lado, la disposición también limita el valor FOB de las mercaderías a exportar a través del sistema a US$ 3.000 por remitente.

Anteriormente, podía superarse ese monto en el caso de envíos dirigidos a distintos destinatarios, siempre y cuando cada uno de ellos no superara los US$ 1.000.

Los nuevos topes y condiciones entraron en vigencia a partir del 23/09/22, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General N° 5260. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005260_2022_09_21

 

Fuente: AFIP