miércoles 23 marzo, 2022 / PYMES

LA INSCRIPCIÓN AL REPRO II SERÁ DEL 23 AL 30 DE MARZO PARA SALARIOS DEVENGADOS ESTE MES

El Ministerio de Trabajo estableció el plazo para la inscripción al Programa de Reactivación Productiva II (Repro II), y extendió el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos para los salarios devengados en marzo, a través de la resolución 287/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial.

El Programa de Recuperación Productiva 2 es una herramienta diseñada por el Gobierno Nacional para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas en el marco de la pandemia del COVID-19.

La asistencia a las empresas consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores y trabajadoras a cuenta de sus remuneraciones.

La medida beneficia a gastronómicos, empresas de turismo, y otros sectores de la economía considerados como sectores críticos desde la irrupción de la pandemia.

Los montos del beneficio que perciben directamente las trabajadoras y los trabajadores de cada empresa dependen del sector:

• Sectores no críticos: $ 9.000

• Sectores críticos: $ 22.000

• Sector salud: $ 22.000

¿Cómo acceder al beneficio?

Las empleadoras y los empleadores que necesiten acceder al beneficio deberán cumplir con los parámetros establecidos para los indicadores que se detallan en Medidas de Alivio.

Para determinar la nómina de personal y el monto de los salarios se considerará como referencia al mes de febrero de 2022. En tanto, para el cálculo de la variación interanual de la facturación, la normativa dispone que se utilicen los datos correspondientes a los meses febrero de 2019 y febrero de 2022. Cabe recordar que deberán consignar la CBU de cada trabajadora o trabajador.

El servicio con clave fiscal “Programa REPRO 2” estará disponible hasta el 30 de marzo de 2022, inclusive.

Más información en www.afip.gob.ar/medidas-de-alivio