miércoles 6 abril, 2022 / Bahía Blanca

NEUQUÉN. RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN IMPOSITIVA Y FACILIDADES DE PAGO

Por medio del decreto 390/2022 se estableció en la provincia el Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributaria permite a fin de permitir a los contribuyentes normalizar su situación fiscal.

Considerando el contexto socio económico, producto de casi dos años de pandemia y con el objeto de no frenar la incipiente recuperación económica que se viene observando mes a mes en la provincia, es propicio implementar un Régimen Especial de Regularización de Obligaciones Tributaria altamente beneficioso, que permita a los contribuyentes normalizar su situación fiscal, manteniendo la circulación de recursos e impulsando el intercambio de bienes y servicios, con el fin de acompañar y sostener el crecimiento de la provincia. En este marco se emitieron las siguientes normas legales:

CONCEPTOS ALCANZADOS: Deudas impositivas de Ingresos Brutos, Inmobiliario y sellos vencidas al 31 de enero del 2022:
• Ingresos brutos: incluye hasta el anticipo 12/2021 y los contribuyentes del Régimen Simplificado hasta la cuota 01 del periodo fiscal 2022.
• Impuesto Inmobiliario: hasta la cuota 01 del periodo fiscal 2022.
• Impuesto de Sellos: incluye a aquellos instrumentos cuyo vencimiento sea anterior al 31/01/2022.

BENEFICIARIOS: Todos los contribuyentes.

CONCEPTOS INCLUIDOS: Deudas impositivas determinadas o no.

  • Obligaciones en curso de discusión administrativa o en proceso de fiscalización.
    • Deudas en gestión judicial (en este último caso previa conformidad de Fiscalía).
    • NO se incluyen las deudas de los Agentes de Retención, Percepción o Recaudación.

 

BENEFICIOS:

  • Condonación de multas no firmes.
    • Condonación de recargo por simple mora art. 271 del Código Fiscal Provincial.
    • Posibilidad de refinanciar Planes de Pago vigentes o caducos. Podrán regularizarse las liquidaciones de aquellos que fueron suscriptos y efectivizados con anterioridad a la fecha de vigencia del Decreto 390/22. Deberán realizar previamente la solicitud de caducidad del plan a través de SINATRA,

 

 

Remisión de intereses resarcitorios y quita de intereses de financiación en los siguientes porcentajes:

DEUDA VENCIDAS HASTA 31/01/2022 para empresas NO Pymes

  • 1 a 6 cuotas: condonación 50% interés resarcitorio y quita de 100% del interés de financiación.
    • 7 a 12 cuotas: quita del 100% del interés Financiación.
    • 13 a 24 cuotas: quita del 75%del interés Financiación.
    • 25 a 36 cuotas: quita del 50% del interés Financiación.
    • 37 a 60 cuotas: Con interés de financiación calculado según la tasa vigente.

DEUDA VENCIDAS HASTA 31/01/2022 para Empresas Pymes. Se incluyen Personas Humanas, Sucesiones Indivisas y Fideicomisos constituidos legalmente para el Impuesto Inmobiliario.

REQUISITOS: Adjuntar Certificado MiPyME vigente en formato PDF. Las Personas Humanas, Sucesiones Indivisas y Fideicomisos constituidos legalmente para el Impuesto Inmobiliario no deben presentar dicho certificado.

  • 1 a 6 cuotas: condonación del 100% del interés resarcitorio y quita del 100% del interés de financiación.
    • 7 a 12 cuotas: condonación del 75% del interés resarcitorio y quita del 100% del interés de financiación.
    • 13 a 24 cuotas: condonación del 50% del interés resarcitorio y quita del 75% del interés de financiación.
    • 25 a 36 cuotas: condonación del 25% del interés resarcitorio y quita del 50%del interés de financiación.
    • 37 a 60 cuotas: quita del 50% del interés de financiación.

 

. Plazo de adhesión: Hasta el 30 de abril de 2022.

. Forma de implementación: Con Clave Fiscal Neuquén nivel 3 a través del sitio web la Dirección Provincial de Rentas: www.dprneuquen.gob.ar

Régimen Especial de Regularización Impositiva y Facilidades de Pago 2022 Dto. 390/2022 – Resolución N°88/DPR/22.