lunes 19 julio, 2021 / Régimen impositivo

NUEVAS FECHAS PARA LA RECATEGORIZACIÓN Y EL PAGO DE AGOSTO (Ley de alivio fiscal)

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó el plazo para que las y los monotributistas realicen la recategorización semestral y cumplan con la obligación de pago mensual correspondiente a agosto. 

La decisión del organismo garantiza que las y los pequeños contribuyentes puedan realizar la recategorización con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal para pequeños contribuyentes.

* La normativa dispone que la recategorización para las y los monotributistas estará habilitada del 28 de julio al 17 de agosto. Las nuevas categorías serán las que estén vigentes entre el 1º de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.

* La recategorización es un procedimiento que se realiza dos veces al año donde las y los contribuyentes deben evaluar qué categoría del monotributo les corresponde de acuerdo a su actividad durante los últimos 12 meses.

* Asimismo, la AFIP estableció que hasta el 27 de agosto podrá realizarse el pago de la obligación mensual correspondiente a dicho mes.

* En el caso de los pequeños contribuyentes que abonen sus obligaciones a través del débito directo en cuenta bancaria o débito automático, la operación también efectuará el día 27 de agosto.

Puntos salientes de la Ley

Entre sus puntos salientes la ley recientemente aprobada actualiza las escalas y retrotrae los valores de las cuotas a diciembre del año pasado para cada una de las categorías.

* La iniciativa, que aplicará la AFIP amplía las escalas a partir de julio de este año de manera tal que en los hechos eleva entre el 35 y el 77% los topes de Ingresos Brutos para cada una de las categorías.

* Con los cambios introducidos en el nuevo proyecto, el tope de Ingresos Brutos de la categoría “A” (la más baja de todas) que tenía que pasar de $208.739 a $282.424, quedará en $370.000.

* También se incorporan beneficios para aquellos contribuyentes que facturaron por encima del tope de la máxima categoría de manera tal que puedan permanecer en el régimen simplificado y no tengan que pasar al régimen general de autónomos.

* La propuesta incluye además un plan de regularización de deuda para los contribuyentes del régimen de hasta 60 cuotas con un interés mensual que no podrá superar una tasa mensual del 1,5%.

* A su vez, se dispone una amplia moratoria que beneficia a los caídos del sistema en los últimos tres años.

* Esto se combina con “un beneficio de liberación de multas y demás sanciones correspondientes a infracciones formales cometidas hasta el 31 de julio del 2021 que no se encontraran firmes ni abonadas

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