viernes 24 enero, 2020 / Opinión

CERTIFICADO MIPYME

Consulte para acceder al certificado Mipyme:

apyme@apyme.com.ar

Es indispensable inscribirse en el Registro Mipyme y obtener el certificado. De esta forma se acredita la condición de “MIPYME” que permite acogerse a la moratoria fiscal y acceder a los programas y beneficios de la Secretaria de la Pequeña y Mediana Empresa y de los Emprendedores.

Estar en el Registro MiPyME,  y obtener luego de este paso el certificado , será condición necesaria para acceder a los siguientes beneficios de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva:

 

  • Extracciones bancarias: la Ley establece un impuesto al retiro de efectivo, del cual quedan eximidas las Micro y Pequeñas empresas.

 

  • Moratoria: regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras para MiPyMEs en hasta 120 cuotas (según la obligación), por las obligaciones vencidas al 30 de noviembre de 2019 inclusive, o infracciones relacionadas con dichas obligaciones. Incluye condonación de hasta el 100% de intereses, multas y demás sanciones. Se podrá incluir en este régimen la refinanciación de planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos.

 

  • Alícuota Contribuciones Patronales de la Seguridad Social: las MiPyMEs tendrán una alícuota del 18% para las contribuciones patronales.