jueves 22 junio, 2023 / PYMES

LA UIF ACTUALIZÓ LA NORMATIVA DE COOPERATIVAS Y MUTUALES

La nueva normativa comenzará a regir a partir del 1 de agosto de 2023 y tiene por objetivo la adopción del enfoque basado en riesgo, según el cual, los sujetos obligados deben identificar, evaluar y entender sus riesgos desde donde adoptar medidas para administrarlos y mitigarlos.

Se publicó en el Boletín Oficial la nueva Resolución UIF N° 99 /2023 que fija las obligaciones que los sujetos obligados de asociaciones mutuales y cooperativas deberán cumplir para gestionar los riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LA/FT) con un enfoque basado en riesgo.

El proceso de redacción de la flamante medida contó con la participación del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), en el marco de lo previsto en el artículo 14, inciso 10 de la Ley N° 25.246, realizándose además un intercambio con las federaciones y confederaciones que nuclean al sector.

El principal objetivo de la reforma es la adopción del enfoque basado en riesgo, según el cual, los sujetos obligados deben identificar, evaluar y entender sus riesgos desde donde adoptar medidas para administrarlos y mitigarlos, a fin de prevenir de manera más eficaz el LA/FT, en concordancia con los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas internacionales actualmente vigentes del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

De acuerdo con

estos   objetivos  se   incorporan   una   serie   de   definiciones   importantes relacionadas con prevención como autoevaluación de riesgos, efectividad del sistema preventivo, políticas, procedimientos y controles, alertas orientativas que sirven de guía para los SO, así como también el establecimiento de reportes sistemáticos de cumplimiento mensual y anual, entre otras.

En función de la segmentación propuesta por el INAES, la normativa establece para los SO que realizan únicamente el servicio de gestión de préstamos o que otorgan   préstamos   personales   mediante   fondos   provenientes   de   recursos propios y de cobro por deducción o recibo de haberes, la posibilidad de confeccionar el informe técnico de autoevaluación y su metodología, presentar la   declaración   de   tolerancia   al   riesgo,   el   informe   del   revisor   externo independiente y el reporte sistemático anual, cada dos años.

La Resolución UIF N° 99/2023 comenzará a regir a partir del 1 de agosto de 2023, fecha en la cual quedará derogada la Resolución UIF N° 11/2012.

 

Fuente: Télam

 

UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Resolución 99/2023

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/288505/20230616